¿Qué eran los mayorazgos?

   Institución del derecho civil según la cual el primogénito heredaba, con el titulo nobiliario, si lo había, los derechos, prerrogativas y bienes paternos, con exclusión de los otros hermanos. Surgida en Castilla en la Edad Media, esta institución, que tendía a conservar los patrimonios familiares, ejerció poderosa influencia en el Nuevo Mundo durante los tiempos de la conquista y de la colonización. Los "segundones", como se llamaba a los hijos que seguían al primogénito, que no tenían derecho alguno a la herencia, hallaron en las rutas que abrieron los accesos a las Indias Orientales y Occidentales una posibilidad de labrarse su propia fortuna. Así se explica el traslado a América de vástagos hidalgos, con derechos y concesiones sobre tierras o sobre ramos de comercio que eran monopolio de la corona, quienes dieron origen a la aristocracia colonial. En algunos casos la ambición y el afán de hacer fortuna llegaron a vencer ciertos escrúpulos, y muchos de esos segundones dejaron ingrato recuerdo. En España los mayorazgos fueron suprimidos definitivamente en 1841.