Con esta denominación se designa al conjunto de personas que, elegidas por sorteo, colaboran en la administración de la justicia, determinando y declarando el hecho justiciable o la culpabilidad del acusado, para que después los magistrados apliquen la ley y dicten la sentencia.
La institución del jurado procede de Inglaterra; nacido en la época de Juan sin Tierra, no tuvo en un principio carácter de institución liberal, sino de defensa de la aristocracia frente al poder real. La Revolución implantó el jurado en Francia, de allí pasó a España y posteriormente a América.
Entre los requisitos exigidos para que una persona ostente la condición de jurado figuran: ser cabeza de familia, mayor de treinta años, estar en plena posesión de los derechos civiles y políticos, saber leer y escribir, ser de estado seglar, etc.
El número de miembros de un jurado varía según los países: doce en Inglaterra y Francia, ocho en España, etc.